jueves, agosto 12, 2010

Ley de Neutralidad chilena vale callampa D:


La ley de "neutralidad" chilena no garantiza, "neutralidad"...

Como se explica en el siguiente párrafo una pequeña parte de nuestra ley...


Art. 24 H.- (…) [Los ISP] No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.


1.- Impide que los ISP «arbitrariamente» restrinjan la red. Este eufemismo quiere decir que si el ISP da razones que justifiquen sus medidas de bloqueo o discriminación, entonces está autorizado por la ley. La jurisprudencia chilena es clara respecto de lo que «arbitrariamente» quiere decir respecto del recurso de protección, sosteniendo que algo es arbitrario cuando responde al «mero capricho». Luego, si no responde al mero capricho sino que a cierta justificación (mejor uso de la red, por seguridad, o lo que sea), el ISP está autorizado a bloquear.


Fuente: http://www.elmostrador.cl/opinion/2010/08/12/neutralidad-de-la-red-a-la-chilena/

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